Condenaron a un año de prisión por un homicidio cometido en exceso de la legítima defensa

Mariano Nicolás Iuliano recibió una pena de cumplimiento efectivo por la muerte de Néstor Jesús Ibarra, ocurrida en agosto de 2025 en el barrio Sapere de Neuquén. El tribunal consideró que el acusado actuó para protegerse de una agresión previa, aunque excedió los límites de la legítima defensa.
16/09/2026

Mariano Nicolás Iuliano fue condenado a un año de prisión de cumplimiento efectivo por el homicidio de Néstor Jesús Ibarra, ocurrido el 21 de agosto de 2025 en un sector del barrio Sapere de la ciudad de Neuquén. La pena fue acordada durante una audiencia de determinación de la pena y quedó firme luego de que las partes renunciaran a los plazos para presentar impugnaciones.

La fiscal del caso, Lorena Juárez, presentó el acuerdo ante el tribunal, teniendo en cuenta, entre otros elementos, el pedido de la familia de la víctima de no continuar con el proceso, expresado a través del Servicio de Atención a la Víctima y Testigos (SAVyT) del Ministerio Público Fiscal.

Iuliano había sido declarado penalmente responsable mediante un veredicto unánime. Durante el juicio, la Fiscalía había solicitado una condena por homicidio simple, pero el tribunal entendió finalmente que el hecho debía encuadrarse como homicidio cometido con exceso en la legítima defensa.

El hecho ocurrió entre las 4:45 y las 5:10 del 21 de agosto de 2025, en un sector del barrio Sapere cercano a la costa del río Neuquén. Según la acusación, Ibarra se encontraba junto a su expareja, una amiga de ella y un amigo cuando salieron de una vivienda con la intención de comprar cigarrillos.

En ese momento, Iuliano llamó a Ibarra desde su domicilio para que se acercara a conversar. Una vez que la víctima ingresó al sector donde se encontraba la vivienda del acusado, Iuliano le provocó una única herida con un arma blanca de grandes dimensiones en el costado izquierdo del cuerpo y luego huyó.

Ibarra alcanzó a pedir ayuda antes de desplomarse. La autopsia determinó que murió como consecuencia de un shock hipovolémico, provocado por una herida punzocortante que lesionó ambos pulmones y el corazón.

Durante el juicio, el tribunal colegiado integrado por las juezas Florencia Martini y Natalia Pelosso y el juez Juan Manuel Kees consideró que Iuliano había actuado con el objetivo de protegerse frente a una agresión previa.

Los magistrados señalaron que esa hipótesis no pudo ser descartada durante el debate y que, ante la duda, correspondía interpretarla a favor del acusado. Por ese motivo, el hecho fue encuadrado como un homicidio cometido con exceso en la legítima defensa.

En la audiencia realizada para determinar la pena, el mismo tribunal avaló el acuerdo presentado por la fiscalía y condenó a Iuliano a un año de prisión efectiva.

Como las partes renunciaron a los plazos previstos para presentar impugnaciones, la sentencia quedó firme.